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Información Urbanística - Certificados urbanísticos

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Información Urbanística - Certificados urbanísticos

1. Objeto del procedimiento.

A los efectos de la normativa urbanística, se entiende por información urbanística toda la información de la que dispongan las Administraciones Públicas, en todo tipo de soporte material en que figuren, referida a las determinaciones de los instrumentos de ordenación del territorio, planeamiento y gestión urbanística aprobados, y en general al régimen del suelo y condiciones de naturaleza urbanística de los terrenos.

La información escrita genérica consiste en la contestación escrita a consultas concretas que planteen los interesados por escrito presentado en el Registro Municipal. Puede adoptar la forma de Informe o certificado.

Este trámite permite solicitar un Certificado o Informe de carácter urbanístico

2. Documentación que hay que aportar.

Instancia, según modelo normalizado, si la presentación es de forma presencial o cumplimentar el formulario electrónico a través del procedimiento on-line, en el que se hace constar los datos del inmueble, y que son los siguientes:

  • Emplazamiento
  • Número de referencia catastral del inmueble,
  • Número de finca registral (optativo)

 3. Tasas o precios públicos y formas de pago.

Puede liquidarse la tasa entrando en el Portal Tributario  y seleccionar “Tasa por expedición de documentos administrativos”

4. Consultas.

  • Consultas sobre la tramitación del expediente:
    • Departamento de Urbanismo
    • Teléfono: 961465720
    • urbanismo@pucol.es
  • Consultas Servicios Técnicos Municipales:
    • Horario Atención Presencial: Martes de 9:30 a 13:30
    • Dirección: Plaza Beato Ribera 15, 46530 Puçol

5. Resolución

  • Órgano que expide documento. Secretario General, previo informe técnico municipal
  • Plazo expedición: Un mes
  • Silencio administrativo: No tiene
  • Recursos: No Procede

  6. Normativa.

  • Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas.
  • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
  • Ley 5/2014, de 25 de julio de la Generalitat, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje, de la Comunitat Valenciana (art. 214 y art. 222) (BOE» núm. 231, de 23/09/2014).
  • Ordenanza fiscal municipal reguladora de la tasa de expedición de documentos administrativos

7. Forma de presentación.

Personas físicas: Pueden elegir entre presentación telemática o presencial:

  • Telemáticamente
    • Pulsando el botón “Nueva instancia” situado al final de esta página, para iniciar el trámite.
  • Presencial

Personas jurídicas: Tendrán que presentar los documentos ÚNICAMENTE de manera telemática, pulsando el botón “Nueva instancia” situado al final de esta página, para iniciar el trámite.

Puede revisar los requisitos para la presentación aquí

8. Declaración responsable.

Declara bajo su expresa responsabilidad:

  • Que son ciertos y completos todos los datos de la presente solicitud, así como toda la documentación que presenta (la falsedad en documento público es un delito, de acuerdo con el artículo 392 del Código Penal).
  • Que se compromete a cumplir las condiciones específicas en la normativa aplicable, la cual conoce en su integridad.

Documentación

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
AYUNTAMIENTO DE PUÇOL - P4620700G
Beato Ribera, 15
46530 Puçol (Valencia)
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